El Acuerdo de París es el primer pacto universal y jurídicamente vinculante sobre el cambio climático, al que más de 190 naciones se han unido desde que se firmara en el año 2015. Fue casi un año después, en noviembre de 2016, que entró en vigor de manera oficial.
Fue firmado en la ciudad de París en la XXI Conferencia de las Partes (COP21 por sus siglas en inglés) de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC).
Surge con el propósito de dar una respuesta eficaz a las amenazas que supone el cambio climático para el planeta y todas las especies que en él habitamos, y marca un punto de partida hacia un mundo con bajas emisiones de carbono y otros gases de efecto invernadero.
Reconoce de manera explícita que el cambio climático es un problema de toda la humanidad, y que al hacerle frente, las Partes no deberían descuidar sus obligaciones en materia de derechos humanos, derechos a la salud, derechos de los pueblos indígenas, la igualdad de género, entre otros.
Además, pone de manifiesto, la estrecha relación que existe entre las medidas, las respuestas y las repercusiones ocasionadas por el cambio climático, por un lado; y acceso al desarrollo sostenible y la erradicación de la pobreza, por otro.
En otras palabras, señala que no es posible un mundo libre de pobreza si no se afronta la crisis de cambio climático, y que además esa pelea deberá darse de manera global 🌎. La salida es colectiva.
A continuación, algunos elementos importantes del tratado que nos interesa destacar:
1. Tiene carácter vinculante, ya que se rige por el derecho internacional y obliga a quienes lo firmen a cumplirlo.
Como ya adelantábamos, se trata del primer acuerdo con estas características. Es el primero en comprometer a todos los países, uniéndolos bajo una causa común: la de combatir el cambio climático.
Cabe destacar que no todos los elementos de este acuerdo son jurídicamente vinculantes. Si no que está formado por una combinación mixta de disposiciones tanto no vinculantes como jurídicamente vinculantes.
Por ejemplo, las contribuciones determinadas a nivel nacional (NDC por sus siglas en inglés) son voluntarias y podrán ser vinculantes solo en el plano nacional.
En otras palabras, si bien el acuerdo exige a los países firmantes que definan planes de lucha contra el cambio climático, no los obliga a aplicar medidas específicas para ello.
Las partes firmantes asumen entonces el deber de aplicar sus medidas de lucha contra el cambio climático a nivel nacional. Medidas que serán tanto de mitigación como de adaptación.
De acuerdo a las definiciones del IPCC, la mitigación es la “intervención humana destinada a reducir las emisiones o mejorar los sumideros de gases de efecto invernadero”.
Y la adaptación es definida como “el proceso de ajuste al clima y sus efectos, a fin de moderar los daños o aprovechar oportunidades beneficiosas”.
Entonces, las Partes tomarán medidas a nivel local tendientes tanto a reducir el impacto antropógeno en el clima, como a adecuarse a aquellos efectos producto del cambio climático inevitables y/o ya existentes.
2. Su objetivo principal es limitar el calentamiento mundial🌡️.
El pacto busca mantener el incremento de la temperatura global muy por debajo de 2°C, y proseguir esfuerzos para a limitarlo incluso a 1,5°C, en comparación con los niveles preindustriales.
Es importante recalcar que estos valores, lejos de ser caprichosos, han sido determinados con el fin de evitar alcanzar lo que los científicos definen como ‘niveles peligrosos e irreversibles de cambio climático’.
En el acuerdo se definen además los objetivos de aumentar la capacidad de adaptación, y de direccionar flujos de fondos compatibles con un desarrollo sostenible, resiliente al clima, equitativo y, fundamentalmente, con bajas emisiones de gases de efecto invernadero.
Como vemos, es un acuerdo muy ambicioso, que afianza la cooperación internacional en materia de cambio climático y establece una vía de avance en ese sentido.
3. Funciona en un ciclo de 5 años 📆, luego del cual cada país firmante comunica cómo está contribuyendo a reducir su huella de carbono y qué está haciendo para mantener el incremento de la temperatura global por debajo de los 1,5 grados Celsius.
Además las naciones deben mostrar qué acciones se han tomado o se tomarán para crear resiliencia y adaptación a los aumentos de temperaturas, y para salvar vidas frente al creciente número de eventos climáticos como tormentas, sequías, inundaciones e incendios.
En función del marco de transparencia reforzado establecido en el acuerdo, todas las Partes firmantes están obligadas a presentar informes acerca de sus progresos en relación con sus contribuciones determinadas. En base a esta evaluación periódica, los países deberán además actualizar sus NDCs cada 5 años, de modo tal que sus nuevas contribuciones determinadas sean más ambiciosas o signifiquen un progreso respecto de las anteriores.
El propósito de este marco de transparencia es brindar una visión clara de las medidas adoptadas y proveer una base para el balance mundial que la Conferencia de las Partes hará de manera periódica.
Cabe destacar que si bien este marco de transparencia se aplica a todas las partes, a los países en desarrollo se les da cierta flexibilidad teniendo en cuenta las distintas capacidades de cada uno de ellos.
4. Proporciona un marco para el apoyo financiero, técnico y de creación de capacidad a los países que lo necesiten 💰💰. En la práctica, esto se traduce en que los países más pobres recibirán asistencia financiera de los más desarrollados.
Hacemos referencia aquí a otro de los objetivos propuestos en el pacto, el que establece la obligación colectiva de ubicar flujos financieros a niveles compatibles con un desarrollo resiliente al clima.
A lo largo de todo el texto, se hace hincapié en la responsabilidad de los países desarrollados de proporcionar los medios financieros a aquellas partes que sean países en desarrollo o menos adelantados.
Este, lejos de ser tema un tema menor, es de suma importancia. Ya que son justamente estas naciones las más vulnerables y susceptibles de sufrir los efectos adversos del cambio climático, y las que cuentan a su vez con menos recursos.
Para terminar dejamos un videíto-resumen que nos pareció muy útil 😉
Un comentario en “¿Qué es el Acuerdo de Paris y qué nos aporta?”